Hoy, 20 de noviembre, se celebra el 19º aniversario de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Especialmente es este día el que debe funcionar como disparador para reflexionar cuánto y cómo se invierte desde el Estado para garantizar el cumplimiento de los derechos de chicos, chicas y adolescentes. Cada crisis económica por la que atraviesa el país genera el retroceso de logros sociales y, con ello, de la inversión en niñez. Es importante que la inversión sea tanto en políticas específicas, para los que más lo necesitan, como en políticas públicas, que tengan como objetivo mejorar la vida de todos los niños. “Siguiendo el concepto que adopta el estudio que año a año actualiza el Ministerio de Economía de la Nación junto a UNICEF (sobre inversión en infancia), debe observarse y propugnarse que se aumente, en términos relativos, la inversión en infancia observando transversalmente el conjunto de las carteras. En otros términos: ¿cuánto de lo que se invierte en infraestructura, en vivienda, en seguridad, salud, etcétera, está destinado a que los niños disfruten efectivamente de sus derechos?”, aseguró Gabriel Lerner desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. En el Día Internacional de los Derechos del Niño, la pregunta, entonces, es necesaria. ¿Cuáles son los caminos posibles para asegurarles a los chicos educación, recreación, salud, participación; para garantizar que no sufran abandono, maltrato; para que se respeten cada vez más los derechos que por ser niños y adolescentes, ellos deberían gozar? Un poco de historia reciente: en 2005, el Congreso Nacional sancionó la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños yAdolescentes. En ella incorporó, además de los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, un cambio radical en el tratamiento de la infancia.La ley nacional supone un cambio de paradigma, en especial en el tratamiento de los niños en condición vulnerable, es decir, los que sufren maltrato y abandono. Suprime la casi centenaria Ley de Patronato de Menores que permitía una mayor intervención de los jueces e institucionalización de los chicos por esas causas. Entre otras cosas, ahora priman las políticas públicas sobre la intervención judicial (que ahora sólo debe ser excepcional) y la institucionalización.Además, crea institutos y organismos específicos para llevar adelante esos cambios. ¿Qué es un sistema de protección integral?Según la ley 26.061, éste debe contar con políticas, planes y programas de protección de derechos; organismos administrativos y judiciales de protección de derechos; recursos económicos, procedimientos y medidas de protección de derechos. Según el artículo 33, tiene como finalidad la “preservación o restitución a las niñas, niños o adolescentes del disfrute, goce y ejercicio de sus derechos vulnerados”.(La Voz del Interior – Córdoba, edición digital, 20/11/08)
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